28 DE ABRIL – DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: todo derecho genera obligaciones.

28 DE ABRIL – DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: todo derecho genera obligaciones.

Por: Hugo Pagliotti *

El caso del DERECHO FUNDAMENTAL a la Seguridad y Salubridad del entorno laboral no es una excepción; por el contrario, implica obligaciones y responsabilidades necesarias para que dicho derecho sea una realidad.

Cuando hablamos de ENTORNO DE TRABAJO lo primero que surge son las condiciones de dicho entorno, que deben permitir que dicho derecho fundamental se concrete.

Entonces, ¿quiénes son responsables por las condiciones del ENTORNO DE TRABAJO?

Surge como primera respuesta: el EMPLEADOR, que es el dador de trabajo, y es el responsable por brindar las condiciones del ENTORNO DE TRABAJO, para que los trabajadores involucrados gocen de dicho derecho fundamental.

Ahora bien, ¿cómo hace el Empleador para cumplir con esta obligación?

Lo podrá hacer siempre y cuando cuente con:

  • Información sobre normas técnicas de condiciones de seguridad y salud.
  • Asesoramiento especializado en la definición de la aplicación de dichas normas.
  • Recursos para implementar las condiciones definidas.
  • Procedimientos de trabajo coherentes con las condiciones de seguridad y salud aplicadas.
  • Control del cumplimiento de los procedimientos de trabajo establecidos.
  • Información sobre problemas de seguridad y salud que surjan durante sus actividades.
  • Evaluación del mantenimiento de las condiciones de seguridad y salud.
  • Planes para mejorar continuamente las condiciones de seguridad y salud.

Y aquí es donde deben interactuar todos los involucrados en cada uno de estos ítems:

  • El Estado como generador de la legislación que incluya las normas a cumplir.
  • Los Especialistas en Seguridad y Salud en el Trabajo que asesoren en la aplicación de dichas normas y estén informados de las tendencias y mejores prácticas existentes, no incluidas en normas legales.
  • Servicios de Medicina del Trabajo que colaboren en la detección temprana de riesgos para la Salud.
  • Recursos económicos y humanos para la implementación de las condiciones que las normas establezcan.
  • Especialistas que elaboren los procedimientos de trabajo teniendo en cuenta a todos los involucrados.
  • Supervisores y RRHH que instruyan en la aplicación de los procedimientos.
  • Supervisores que a su vez verifiquen el cumplimiento de los procedimientos.
  • Trabajadores que respeten dichos procedimientos.
  • Todo el personal, que observe, detecte e informe problemas de seguridad y salud.
  • Personal que aplique metodologías de evaluación de mantenimiento de condiciones.
  • Equipo multidisciplinario que plantee planes de mejora continua de las condiciones.

La RESPONSABILIDAD de que este sistema de información y gestión funcione es del EMPLEADOR, que deberá lograr de parte de los mencionados, el compromiso de involucración, interacción y empoderamiento requeridos para brindar, mantener y mejorar UN ENTORNO DE TRABAJO SEGURO Y SALUDABLE.

Y en esta dinámica de trabajo, cobran una importancia preponderante los ESPECIALISTAS en Seguridad y Salud Ocupacional, ya que tienen la responsabilidad de influir en las decisiones de los EMPLEADORES para concretar sus obligaciones y responsabilidades en la materia.

Así funciona la gestión en las organizaciones ordenadas y con políticas claras en materia de PREVENCIÓN Y CONTROL de riesgos para la Seguridad y la Salud.

 

* Profesional Ingeniero senior en Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente, con 40 años de trayectoria dirigiendo áreas de su incumbencia en empresas de 1ra línea, Profesor de Seguridad e Higiene en UTN.BA, UTN.BB, UCA Buenos Aires e Instituto Argentino de Seguridad, Auditor certificado de normas ISO 45001, 14001 y 9001