
Cada vez se suman más regulaciones para que las empresas reduzcan su huella de carbono.
En un mundo cada vez más consciente de los riesgos provocados por el cambio climático, los Estados empiezan a tomar medidas para presionar a las empresas a impulsar acciones significativas para reducir las emisiones de Gases de efecto Invernadero de sus operaciones, que contribuyen al desarrollo de este fenómeno.
En Europa, la Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa (conocida por su sigla en inglés CSRD) constituye una herramienta fundamental para impulsar la transparencia de las empresas.
En vigencia desde noviembre de 2023, la directiva abarca a empresas de la Unión Europea con más de 250 empleados con ingresos globales de más de 40 millones de euros, y empresas no pertenecientes a la UE que generaron ingresos superiores a 40 millones de euros en el mercado europeo en su último ejercicio financiero.
Entre otros aspectos, este marco normativo exige a las compañías divulgar información detallada sobre su desempeño ambiental, incluyendo las fuentes de emisiones de gases de efecto invernadero que componen su huella de carbono, de forma directa e indirecta.
Por su parte, en Estados Unidos, la Comisión de Bolsa y Valores (Securities and Exchange Commission) recientemente aprobó la Climate Disclosure Rule, una medida por la cual las empresas que coticen en la bolsa americana deberán reportar información específica sobre su contribución y exposición al riesgo climático.
Esto incluye detalles sobre la huella de carbono de sus operaciones, el análisis de cómo el cambio climático podría afectarles, así como los esfuerzos que realizan para mitigar estos riesgos.
Y Latinoamérica no se queda atrás. Distintos países de la región empiezan a impulsar normativas para promover la sostenibilidad y la responsabilidad de las empresas frente a la acción por el clima.
En Chile, la Comisión para el Mercado Financiero publicó una normativa en el año 2021 que obliga a las empresas a incorporar información sobre sus impactos sociales, ambientales y de gobierno corporativo en sus Memorias Anuales. Esto incluye su huella de carbono y su contribución o exposición al cambio climático, si fuesen un impacto significativo de la industria según su materialidad. Aplica a todas las entidades supervisadas por la Comisión como bancos, compañías de seguros, emisores de valores de oferta pública, administradoras generales de fondos y bolsas de valores.
Por otro lado, en 2022 Colombia se convirtió en el primer país de la región en implementar la “Taxonomía Verde”. El Ministerio de Hacienda emitió este instrumento voluntario que busca facilitar los flujos de financiamiento y la movilización de capitales hacia inversiones en actividades que contribuyan positivamente a objetivos sociales y medioambientales, incluidos los de adaptación y mitigación al cambio climático. A los pocos meses, a inicios de 2023, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México lanzó un instrumento similar al colombiano denominado “Taxonomía Sostenible”.
En Argentina, en el año 2012 en Mendoza se aprobó la Ley provincial 8583 de Responsabilidad Empresaria. Esta fijó el marco jurídico para que las empresas emitan Balances de Responsabilidad Social y Ambiental Empresaria (comúnmente denominados “reportes de sostenibilidad”). Su objetivo fue promover conductas socialmente responsables en las empresas y organizaciones en general. Y busca que los reportes que emiten las empresas sean “instrumentos para informar, medir y evaluar en forma clara, precisa, metódica, sistemática y principalmente cuantificada el resultado de la política social y ambiental de cada organización”. Además, se fijaron una serie de beneficios para las empresas que emitan informes bajo estos lineamientos, como la exención de impuestos (cercana al 10%), prioridades en las contrataciones con el Estado provincial o un mayor acceso a líneas de crédito y financiación por parte de la provincia.
A nivel nacional, en el año 2017 el Congreso de la Nación aprobó la Ley 27401, bautizada en los medios como la “Ley de Responsabilidad Empresaria”. Sin embargo, dicha legislación no tuvo una finalidad de incentivar mejores prácticas en materia socio ambiental, sino otro fin muy distinto: que las empresas, organizaciones y “personas jurídicas” también puedan ser juzgadas, condenadas y multadas en los casos de corrupción y otros delitos graves.
Fuente: The Carbon Sink